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TÉRMINOS Y CONDICIONES

Con la finalidad de cumplir con el compromiso que ha adoptado Seguros Altoke en orden a modernizar su estrategia de gestión, se ha considerado a los Tokers “ejecutivo digital” como un elemento vital que le otorga un valor agregado a la firma, que se materializa con la oportunidad que Seguros Altoke le ofrece a los ejecutivos digitales para que puedan ganar dinero de forma fácil y sencilla captando y refiriendo nuevos clientes para la Corredora a través de la plataforma digital Tokers.cl, de forma freelance, cuando ellos lo deseen y quieran ganar un honorario por dicha gestión, donde el único que asume una obligación es la Corredora, consistente en pagar al ejecutivo digital un honorario por cada referencia que tenga como resultado la contratación de una póliza de seguros. Este honorario será de un 30% de la comisión que recibirá Seguros Altoke por parte de la Compañía de Seguros, cuando la póliza sea contratada por la persona referida por el ejecutivo digital, IVA incluido.


La captación y referencia de nuevos clientes se hace a través de la plataforma www.tokers.cl, en pasos muy simples y sencillos, que están explicados tanto en la página web como en el presente documento de términos y condiciones.


Con la finalidad que quede legalmente establecido que Seguros Altoke se obliga a pagar un honorario al ejecutivo comercial cada vez que refiera a un nuevo cliente para la Corredora, y que estos, por ende, tendrán la calidad de prestadores de servicios freelance, se propone a los ejecutivos digitales las siguientes condiciones, las cuales se perfeccionarán y comenzarán a regir para Seguros Altoke y el ejecutivo digital desde el momento en que sean aceptadas pura y simplemente por parte del destinatario de esta oferta.


PRIMERO: LAS PARTES:


Por una parte, “Seguros Altoke” o “la Corredora” indistintamente- y por la otra, el “ejecutivo digital”, que es la persona con la capacidad, los medios y el interés de captar y referir nuevos clientes para la Corredora cuando lo desee, de forma freelance, ya sean personas naturales y/o jurídicas que requieran contratar pólizas de seguros y/o asesorías en este ámbito a través de simples pasos que la plataforma Tokers dispone para ello.


SEGUNDO: CONVENIO:


Por este acto, y para el sólo efecto que el ejecutivo digital quede habilitado en la plataforma de la página web www.tokers.cl, las partes convienen que prestará de forma freelance a Seguros Altoke sus servicios, que comprenden: la captación y referencia de forma freelance, cuando lo desee, de las personas naturales y/o jurídicas interesadas en contratar una póliza de seguros por el intermedio de Seguros Altoke.


La captación y referencia se hará de forma simple:


  • En la plataforma Tokers.cl, el ejecutivo digital debe solicitar la cotización del seguro que desee, señalando si está cotizando para sí mismo o para un tercero.
  • En caso que esté cotizando para un tercero, deberá ingresar los datos solicitados.
  • Habiendo ingresado la cotización y posteriormente, habiéndose contratado la póliza de seguros por el tercero para el cual se hizo la cotización ya está el ejecutivo digital en condiciones de ganar el honorario establecido en estos términos y condiciones, siempre y cuando el seguro sea contratado por la persona referida por el ejecutivo digital.
  • La plataforma proveerá a cada ejecutivo digital la siguiente información


Se deja constancia que entre las partes no existe un vínculo de subordinación y dependencia laboral y extracontractual, ni horario laboral, ni lugar de trabajo, ya que, el ejecutivo digital prestará sus servicios de forma independiente y freelance, ajustándose a lo establecido en los Párrafos I, II y III del Capítulo X del Código del Trabajo, referente al Contrato de los trabajadores de plataformas digitales


Asimismo, puesto que por la naturaleza de los servicios no se requiere fijar un horario laboral, ni tampoco el ejecutivo digital, por su parte, necesitará emplear más tiempo que el requerido para referir a una persona natural en los términos que señala la cláusula cuarta de este contrato, no se entenderá integrado a este contrato el inciso 4º del artículo 152 quárter letra Y, del Código de Trabajo, referente al Contrato de los trabajadores de plataformas digitales.


TERCERO: REQUISITOS Y PASOS QUE SE DEBEN CUMPLIR


Para que el ejecutivo digital adquiera dicha calidad y quede habilitado para ingresar a la plataforma con el usuario que tenga registrado deberá:


  • Ingresar a la página www.tokers.cl
  • Registrarse.
  • Aceptar pura y simplemente los términos y condiciones que le propone Seguros Altoke a los ejecutivos digitales.
  • El ejecutivo digital quedará habilitado para acceder a la plataforma con su usuario y contraseña, quedando en condiciones de comenzar a referir, cuando lo desee.


Para captar y referir clientes, el ejecutivo digital deberá:


  • Ingresar a la plataforma con su usuario y su contraseña.
  • Seleccionar el seguro que desea cotizar señalando si es para sí (autorreferencia) o para un tercero (referido).
  • Ingresar los antecedentes requeridos y la información solicitada por la plataforma.
  • Quedará ingresada la cotización, a la espera que la persona referida contrate el seguro.


Para que el ejecutivo digital gane el honorario por haber captado y referido clientes deberán cumplirse las siguientes condiciones:


  • En los seguros de Vehículos; Motos; Embarcaciones y otros seguros que para la emisión de la póliza se requiera de la inspección previa o posterior de la cosa que interesa asegurar, deberá estar:
    • el Mandato activo.
    • la Inspección aprobada si el vehículo es usado.
    • la Póliza emitida.

    * (HDI Seguros emite la póliza de inmediato y otorga 10 días para inspeccionar el vehículo usado, por ende, habrá que esperar el resultado de la correspondiente inspección).

  • En los seguros de Hogar; Bicicleta; Deporte; Movilidad, Asistencia de Viajes, Responsabilidad Civil, Garantía; Accidentes Personales; Incendios y Robo Comerciales; Hogar hipotecario; Silvoagropecuario; Transporte; Accidentes Personales y otros similares que para la emisión de la póliza no requieran la inspección de la cosa que interesa asegurar:
    • el Mandato activo.
    • la Póliza emitida.


CUARTO: HONORARIOS Y BENEFICIOS EN FAVOR DE LOS EJECUTIVOS DIGITALES:


Por los servicios prestados, Seguros Altoke consignará semanalmente los honorarios en la cuenta digital del ejecutivo digital cuyo cálculo se hará en base a los conceptos y porcentajes señalados en el párrafo cuarto.


En la plataforma, el ejecutivo digital tendrá a su disposición toda la información del dinero que exista en su cuenta digital, así como la que dice relación con el dinero ya retirado. Existiendo dinero en la opción “Haber disponible”, el ejecutivo digital, podrá seleccionar la opción “Solicitar retiro”.


Una vez solicitado el retiro, se hará el pago mediante depósito en la cuenta bancaria del ejecutivo digital.


Previo al pago, el ejecutivo digital deberá de haber presentado a Seguros Altoke la boleta honorarios electrónica que emitió por la prestación de los servicios, procedimiento que se hará conforme al instructivo que la Corredora tiene disponible en la plataforma. En caso contrario, no será exigible el pago del consabido honorario.


SEXTO: FACULTADES DE LOS EJECUTIVOS DIGITALES:


El ejecutivo digital, estará investido de todas las facultades necesarias para llevar a cabo su gestión de captar clientes y referirlos a la Corredora Altoke, lo que comprende ofrecer, promocionar, promover y fomentar los seguros que ofrezca Corredora de Seguros. Además, podrá inscribir, registrar, aceptar términos y condiciones, entregar información, datos personales propios o de terceros, acompañar documentación y antecedentes requeridos por la plataforma Tokers.cl, de Altoke Corredora de Seguros, cuya finalidad sea la contratación y/o asesoría respecto de una póliza de seguros. En general estará facultado para realizar todos los actos que cumplan con el objetivo de captar y referir clientes o potenciales clientes a la Corredora y que, con motivo de su gestión, se obtenga como resultado una póliza de seguros emitida por la respectiva compañía de seguros en favor del contratante.


En virtud que los ejecutivo digitales no son ni tienen la calidad de corredores o agentes de seguros, sino que, solo se limitan a prestar los servicios de forma freelance mencionados con anterioridad, les queda totalmente prohibido ejercer las facultades que la normativa vigente les ha entregado a estas entidades, entre ellas


  • Comercializar seguros por cuenta propia, ofrecer, prometer o comprometer términos, condiciones, tasas o estipulaciones de cualquier naturaleza respecto de los seguros que ofrezcan, promocionen o promuevan y que sean diferentes de aquellas que efectivamente intermedie Altoke.
  • Ofrecer cualquier tipo de incentivo que induzca a la celebración de contratos de seguros.
  • Recibir de los asegurados o eventuales asegurados, dineros, especies o recompensas de cualquier naturaleza y especie.


SÉPTIMO: DOMICILIO Y COMUNICACIONES:


Todas las comunicaciones que las partes deban entregarse serán dirigidas a los correos electrónicos que hayan establecido para tal efecto. El correo electrónico de Seguros Altoke estará siempre visible en la plataforma, mientras que el correo del ejecutivo digital será aquel ingresado en el formulario de registro de usuario. Será carga del ejecutivo digital mantener siempre actualizada la información entregada en la plataforma, especialmente el correo electrónico informado, pues, será el canal de comunicaciones entre las partes, así como también su domicilio, para poder dar cumplimiento a lo estipulado en el párrafo segundo de la cláusula décima.


OCTAVO: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:


Cualquier dificultad o controversia que se suscite con motivo de la aplicación, interpretación, ejecución, resolución, terminación, extensión, liquidación o cumplimiento del contenido y alcance de estos términos y condiciones, serán resueltas sin forma de juicio en negociaciones directas entre Altoke Corredora de Seguros y el ejecutivo digital, quienes actuando de buena fe y conjuntamente llegarán a un acuerdo que resuelva y zanje sus eventuales diferencias.Frustrado que haya resultado este acuerdo, los conflictos serán resueltos por la justicia ordinaria.


NOVENO: FIRMA Y EJEMPLARES:


Para los efectos de lo dispuesto en la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, las partes manifiestan que el presente acuerdo quedará suscrito desde el momento en que el ejecutivo digital acepte pura y simplemente de manera digital los presentes términos y condiciones propuesto por Seguros Altoke, así como también que los datos personales registrados por los ejecutivos digitales en la plataforma de forma previa a la aceptación de estos términos y condiciones, son fidedignos de quien lo está aceptando.


El presente documento que contiene los términos y condiciones quedará a su disposición de forma digital en la plataforma www.tokers.cl, donde el ejecutivo digital va a tener acceso a leerla y a descargarla para su archivo y uso personal en el dispositivo que estime conveniente en cualquier momento.


DÉCIMO: Se deja constancia que en virtud que el único que asume una obligación en este documento de términos y condiciones es Seguros Altoke, este último se reserva el derecho de hacer cualquier tipo de ajuste, sustitución o cambio de alguna(s) cláusulas, palabras, frases de los términos y condiciones, dando, a su vez, pleno cumplimiento al derecho que tienen los ejecutivos digitales de estar informados de aquellos cambios o ajustes, conservando estos últimos el derecho de desuscribirse.


DEFINICIONES


Toker: El ejecutivo digital Persona Natural con la capacidad, los medios y el interés de referir de forma freelance a Seguros Altoke las personas naturales que requieran de pólizas de seguros y/o asesorías en este ámbito a través de la plataforma que la Corredora dispone para ello


Referido: Persona que esté interesada en cotizar sus seguros con la Corredora, gracias a la referencia otorgada por el Toker.


Mandato activo: Formulario que completa, firma y envía el proponente para la inscripción del pago del seguro, y que se le envía escaneado a uno de los ejecutivos de la Corredora para que así quede registrado.


Póliza emitida: Se ha generado el documento justificativo del seguro.


Inspección aprobada: (sólo para seguros de vehículos, motos, embarcaciones y otros que requieran inspección). Es la revisión de la cosa asegurada para determinar si esta cumple con los requisitos que exige la Compañía de Seguros. La regla general es que la inspección sea realizada de forma previa a la emisión de la póliza, sin embargo, hay ciertas Compañías de Seguros que emiten la póliza de inmediato y otorgan un plazo para realizar este trámite.



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